Card front

¿Qué órdenes puedo obedecer?

3h
1 – 30
Reflexionar sobre la responsabilidad de las y los servidores públicos por cumplir y emitir órdenes que afectan derechos humanos
Sensibilizar
Derechos humanos, Obligaciones del Estado, Rol institucional
Desarrollo
Presencial: Aula; A distancia: Autotutorado, Tutorado; Semipresencial
Cine/video foro
Adolescentes, Adultos, Adultos mayores
Card back
  • Vincular con la experiencia120
  • Reflexionar30
  • Integrar conocimientos30
  • Algunos hombres buenos (A few good men)
  • Presentación Obligaciones del Estado para servidores/as públicos
  • Esta actividad requiere que la facilitadora o el facilitador disponga de la película "A few good men" 1992 (En español "Algunos hombres buenos" o "Cuestión de honor")
    • Computador
    • Proyector
    Vincular con la experiencia
    2 horas
    1. Proyecte la película "A few good men" (1992)  [En español "Algunos hombres buenos" o "Cuestión de honor"] que trata de la aplicación de una medida disciplinaria a un soldado de Estados Unidos de América, su muerte,  y el juicio posterior a sus autores.

    Reflexionar
    30 mins
    1. Pregunte a las y los participantes en plenaria:

      ¿Qué les gustó de la película?  ¿Qué les disgustó de la película?

      ¿Han estado alguna vez o has sido testigo/a en una situación similar?

      ¿Por qué los soldados Dawson y Downey aplicaron el “código rojo” al  soldado Santiago”?

      ¿Por qué los soldados recibieron una sanción si solamente estaban cumpliendo órdenes? ¿Podían negarse a cumplirla?

      ¿Al dictar o ejecutar órdenes como el “código rojo” se vulnera alguno de los fundamentos de los derechos humanos (igualdad, libertad, dignidad)?  ¿Por qué?

       

       

    2. De ser el caso las preguntas pueden hacerse indivualmente a las y los participantes.

    Integrar conocimientos
    30 mins
    1. Recuerde a las y los participantes que de acuerdo con la Constitución de 2008, ninguna persona puede ser obligada a utilizar la violencia, y que frente a órdenes ilegítimas, es decir contrarias a la Constitución las y los servidores y servidoras públicos tienen derecho a la objeción de conciencia en los términos del artículo 66 numeral 12 de la Constitución en relacion con el artículo 22 literal c de la Ley Orgánica del Servicio Público.